viernes, 31 de octubre de 2014

La Corte Suprema pretende amedrentar a quienes la critican POST DEL DIARIO ABC COLOR

El Consejo de Superintendencia de la Corte Suprema encargó a su órgano ejecutivo una investigación para resolver si unos comentarios realizados en nuestro diario por la abogada Kattya González ameritan sumario administrativo. El Reglamento del Sistema Disciplinario de la Corte distingue entre las faltas graves y leves que pueden cometer los abogados “durante el ejercicio de su actividad profesional”, que no es este el caso. Uno que critica a la Corte a través de un diario no está ejerciendo su oficio, sino haciendo uso del derecho a la libertad de expresión. Los abogados son tan ciudadanos como cualquiera, y en tal carácter tienen el derecho de expresar lo que piensan sobre quienes conforman la máxima autoridad judicial. Si el Consejo de Superintendencia aplicara ahora alguna sanción por haberlo ejercido, se ganaría el repudio de la opinión pública. Por otra parte, los ministros de la Corte deben saber que, considerando sus propios intereses, no les conviene que la atención pública se dirija hacia ellos, teniendo tantos trapos sucios que esconder.
En un comentario publicado en nuestro diario, la abogada Kattya González afirmó que “la Corte Suprema de Justicia (integrada más por rufianes que ministros) como institución ha opacado el imperio de la ley e instaurado una cultura clientelar y mercantilista en la Justicia paraguaya”. El Consejo de Superintendencia de la Corte –integrado por los ministros José Torres Kirmser, Alicia Pucheta de Correa y Gladys Bareiro de Módica– encargó a su órgano ejecutivo una investigación para resolver si esos dichos ameritan un sumario administrativo. Dado que la abogada se ratificó en ellos en la audiencia preliminar, es presumible que el Consejo ordene la instrucción sumarial. Los ministros de la Corte Suprema de Justicia (CSJ) se habrían sentido particularmente agraviados por el apelativo de “rufianes”, evidentemente empleado en su acepción de hombres sin honor, perversos, despreciables.
El Reglamento del Sistema Disciplinario del Poder Judicial, aprobado por la Acordada N° 709/11, distingue entre las faltas graves y leves que pueden cometer los abogados. Una de las faltas graves es injuriar a magistrados “durante el ejercicio de su actividad profesional” (art. 24), pudiendo por eso ser sancionados con la suspensión en el ejercicio profesional hasta por un año o con la casación de la matrícula (art. 27). Una de las faltas leves es que “en el ejercicio de sus funciones” (art. 26) no respeten a los magistrados, razón por la cual pueden ser amonestados, apercibidos o suspendidos en el ejercicio profesional hasta por tres meses (art. 28).
Las opiniones de la abogada González escapan a las previsiones de las citadas normas, ya que fueron publicadas en nuestro diario. No fueron emitidas en una audiencia judicial ni constan en ningún escrito presentado a un juez en el marco de un litigio.
Si el reglamento solo castiga los agravios cometidos en el ejercicio de la profesión, debe entenderse que los de otro origen no pueden ser castigados por el Consejo de Superintendencia de la CSJ. Está bien que así sea, pues nadie se desempeña como abogado las veinticuatro horas del día. Uno que critica severamente a la Corte a través de un diario no está ejerciendo su oficio, sino haciendo uso de su derecho a la libertad de expresión. La suya no está limitada como la del militar o policía en servicio activo, miembros de instituciones no deliberantes y obedientes: si ellos no pueden criticar a su comandante, el abogado sí puede vituperar a la CSJ en su condición de ciudadano, lo mismo que un médico o un arquitecto. Además, atendiendo el bajo concepto que ha merecido la Justicia paraguaya en importantes encuestas realizadas en los últimos años, puede afirmarse que miles de ciudadanos comparten la opinión de la abogada González, como ya se ha evidenciado en las redes sociales.
Independientemente a la corrupción y morosidad que son los males principales que agobian a la Corte Suprema, han surgido casos en que los propios ministros aparecen salpicados en hechos graves que tuvieron y tienen amplia difusión. En este mismo momento, ante el asesinato de nuestro periodista Pablo Medina que conmociona a nuestra sociedad, surgen los nombres de tres ministros, Víctor Núñez, Antonio Fretes y Gladys Bareiro de Módica, como favorecedores del intendente de Ypejhú, Vilmar “Neneco” Acosta, presunto autor moral del crimen, mediante un fallo que confirmó la libertad de este político colorado en un proceso por homicidio.
El ministro Núñez, inclusive, fue investigado por la fiscalía ante fortalecidos indicios de su enriquecimiento ilícito. Por su parte, el ministro Óscar Bajac resultó mencionado en presuntos negociados de tierras en el Chaco.
¿Por qué estos personajes deben estar por encima del común de los mortales a la hora en que la ciudadanía, haciendo uso de su derecho a expresar libremente su opinión como lo garantiza la Constitución Nacional (Art. 26), los debe premiar con aplausos por sus aciertos o con críticas por sus errores?
Es de preguntar qué medida tomaría el Consejo de Superintendencia si quien no fuera un profesional del Derecho hiciera suyas las palabras de Kattya González: evidentemente, no podría impedirle de por vida que se ganase el pan haciendo lo que sabe hacer, como sí podría hacerlo en este caso si ordenara irregularmente instruir el sumario administrativo y luego, haciendo de juez y parte, impusiera esa inicua pena a la abogada, casando su matrícula.
La abogada González no cometió ninguna falta punible según el Reglamento del Sistema Disciplinario del Poder Judicial. Los magistrados que se sientan ofendidos por unas declaraciones hechas fuera de la abogacía pueden promover individualmente una querella por calumnia, difamación o injuria, suponiendo que tengan un buen nombre y un honor que defender. Como afirmamos, muchos ciudadanos ponen en serias dudas que los tengan, pues ellos son los principales responsables de que en el Poder Judicial campeen el nepotismo, el clientelismo, el favoritismo y la corrupción. De hecho, está muy extendida la idea de que la CSJ “ha opacado el imperio de la ley e instaurado una cultura clientelar y mercantilista en la Justicia paraguaya”. Sus ministros no se harán más respetables sancionando a la abogada González, ni amedrentando a la vez a todo colega suyo convencido de que no hay igualdad de acceso a la Justicia y de que esta no es barata ni pronta, salvo que se tenga dinero para sobornar a jueces y funcionarios. Infundir temor y coartar la libertad de expresión no son los mejores modos de ganar la consideración ajena.
En democracia, los hombres públicos están expuestos a los más duros reproches y deben saber convivir con ellos. Ni el presidente de la República ni los legisladores pueden castigar por sí solos a sus críticos, como pretenden hacerlo en este caso los ministros de la CSJ, violando el reglamento disciplinario aprobado por ellos mismos.
Los abogados son tan ciudadanos como cualquiera, y en tal carácter tienen el derecho de expresar lo que piensan sobre quienes conforman la máxima autoridad judicial. Si el Consejo de Superintendencia de la CSJ aplicara ahora alguna sanción por haberlo ejercido, se ganaría el repudio de la opinión pública.
Por otra parte, los ministros de la CSJ deben saber que, considerando sus propios intereses, no les conviene que la atención pública se dirija hacia ellos, teniendo tantos trapos sucios que esconder.

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